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Normas para Regular Devolución Del Crédito Tributario

Aspectos Importantes
La solicitud para la devolución del crédito tributario generado por retenciones en la fuente de IVA se presentará por períodos mensuales y podrán acumularse hasta por doce períodos de un mismo ejercicio impositivo. Las solicitudes que se presenten por periodos acumulados deberán considerar un orden cronológico para su presentación.
La solicitud antes señalada deberá contener la explicación de la presunción de que el crédito tributario resultante no podrá ser compensado dentro de los seis meses siguientes.
Las solicitudes para la devolución del crédito tributario generado por retenciones en la fuente del IVA serán atendidas en un término no mayor a 90 días hábiles.
De manera general, los documentos requeridos en la presente Resolución deberán presentarse adjuntos a la solicitud de devolución, en medio digital; por excepción deberán entregarse en documentos físicos, únicamente cuando la Administración Tributaria así lo requiera.
Código Tributario (Art. 123)  

Si el Contribuyente no recibe la devolución dentro del plazo máximo de seis meses de presentada la solicitud, tendrá derecho a presentar en cualquier momento un reclamo formal para la devolución.

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